El pequeño gran gesto de León XIV
El Papa acaba de marcar un silencioso pero decisivo retorno al orden, tras una década de confusión
La Santa Sede publicó el viernes 21 de noviembre un Motu Proprio que, a primera vista, podría parecer un ajuste técnico sin mayor relevancia: la modificación del artículo 8 n. 1 de la Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del Vaticano para permitir que “otros miembros”, incluyendo laicos, puedan presidir la Comisión Pontificia. En la práctica, se trata simplemente de armonizar la legislación con la realidad: desde 2025, por decisión de Francisco, esa presidencia la ejerce la hermana Raffaella Petrini, aunque la ley que el propio Francisco había promulgado apenas dos años antes exigía expresamente un cardenal.
Pero bajo la superficie, este gesto de León XIV es mucho más que una poda burocrática. Es una señal inequívoca de que el nuevo Papa está decidido a restaurar algo que se perdió en la última década: consistente, previsible y jurídicamente coherente gobierno.
Y no es casualidad. León XIV es estadounidense y canonista. Y su primer gran movimiento es devolver al derecho su lógica y su dignidad.
Igualmente “bajo el radar” y todavía más importante ha sido la publicación, el lunes 24 de noviembre, del Nuevo Reglamento de la Curia Romana.
Las normas, en italiano, son extensas y cubren con amplitud los aspectos del funcionamiento regular de la curia romana.
Aquí algunos pocos ejemplos del tipo de normas publicadas:
El horario laboral de las Instituciones [de la curia vaticana] es de al menos treinta y seis horas semanales.
Los Cardenales asisten al ministerio del Romano Pontífice, incluso en lo que respecta a la actividad de la Curia Romana, en Consistorios ordinarios y extraordinarios, que se reúnen por orden del Romano Pontífice.
Estos Consistorios se celebran según las disposiciones de su propio derecho.
De conformidad con el art. 34 §2 de la Constitución Apostólica Praedicate Evangelium, el Secretario de Estado, de acuerdo con el Romano Pontífice, convoca periódicamente a los responsables de las Instituciones Curiales para debatir los planes de trabajo de cada una de ellas y su ejecución; coordinar su trabajo conjunto; proporcionar y recibir información y examinar asuntos de mayor importancia; ofrecer opiniones y sugerencias; y tomar decisiones para proponer al Romano Pontífice.
El procedimiento a seguir está regulado por normas específicas.
La urgencia de poner orden
Las pocas normas arriba mencionadas parecerán evidentes y predecibles; y en cierto sentido lo son. Pero su importancia radica en que nada de esto se hizo durante el gobierno del Papa Francisco, especialmente en los últimos años de su pontificado.
A ellas se suman otro grupo importante de normas, también publicadas el lunes 24 de noviembre, el Reglamento del Personal de la Curia Romana, que establece con claridad -o mejor dicho, restablece- el orden, la jerarquía y las funciones de todos los funcionarios de la curia; para que una estructura que se había vuelto impredecible, ahora sea no solo comprensible -quién manda a quién-, sino que marque también a quién ir cuando se necesita algo específico de la curia.
En el caso del sencillo Motu Proprio del viernes, con la nueva redacción del artículo 8 -“La Comisión Pontificia… estará compuesta por cardenales y otros miembros, incluido su Presidente”— León XIV no introduce una novedad revolucionaria. Hace algo más básico, y a la vez más decisivo: corrige una incongruencia que Francisco dejó sin resolver. En lugar de ignorar la norma, la cambia. En lugar de gobernar a golpe de excepción, legisla limpiamente.
Este detalle, aparentemente menor, apunta a un cambio de época.
Porque la década anterior, aunque fértil en impulsos reformistas y buenas intenciones, especialmente en el campo de la transparencia económica, dejó tras de sí un panorama jurídico fragmentado -en el mejor de los casos-, cuando no lleno de improvisaciones, excepciones ad hoc y más de una vez, despotismo y abuso de poder.
Habla una experta
Esto no lo dicen solo los críticos habituales del pontificado de Francisco: lo dice una académica nada sospechosa de militancias partidistas, la profesora Montserrat Gas-Aixendri, una de las voces más autorizadas en derecho y religión en el mundo hispano.
En un importante ensayo titulado “Francis’s Legal Revolution: A Reforming Impulse with Many Lights and Some Shadows“ (”La revolución legal de Francisco: un impulso reformador con muchas luces y algunas sombras”) y publicado en el blog del International Center for Law and Religion Studies (el Centro Internacional de Estudios de Derecho y Religión), Gas-Aixendri emplea la mayor parte del texto explicando -y elogiando- los numerosos impulsos de reforma del Papa Francisco.
Pero su diagnóstico honesto arroja luz sobre por qué estos pasos jurídicos de León XIV son tan significativos.
Gas-Aixendri recuerda que el impulso reformador de Francisco “no estuvo exento de tensiones y controversias”. Y cuando uno revisa los episodios clave, el patrón es difícil de ignorar:
El cardenal George Pell llegó para limpiar y profesionalizar las finanzas vaticanas. Encontró resistencia feroz. El caso de Libero Milone, primer Auditor General, es emblemático: fue obligado a renunciar en 2017 tras detectar irregularidades de alto nivel.
Como subraya Gas-Aixendri:
“Milone denunció públicamente la falta de garantías procedimentales para asegurar la independencia de su oficio.”
El mensaje fue devastador: se hablaba de transparencia, pero no se creaban los mecanismos para garantizarla.
La experta española también señala el bizarro caso de la caída del cardenal Angelo Becciu y su histórico juicio en 2020; que se presentó como el gran ejemplo de “tolerancia cero” anticorrupción. Pero incluso este caso terminó rodeado de dudas sobre el respeto a principios jurídicos básicos.
“El proceso recibió críticas por supuestas irregularidades procedimentales y por una falta de transparencia…”
Es decir: buenas intenciones, ejecución débil.
Los casos Zanchetta y Rupnik
Gas-Aixendri destaca que es innegable que Francisco impulsó avances normativos importantes en materia de abusos como Vos estis lux mundi, la reforma del Libro VI y la promulgación de nuevos procedimientos para manejar acusaciones de abusos. Pero la aplicación reveló un doble rasero:
Gustavo Zanchetta, obispo argentino cercano al Papa, fue condenado en su país por abusos y aun así ejerció un cargo en el Vaticano sin proceso canónico alguno.
Marko Rupnik, el ex-jesuita acusado por numerosas religiosas, también gozó de un trato inexplicablemente opaco y tardío; y actualmente sigue actuando con total libertad… si es que no impunidad.
Gas-Aixendri lo dice sin rodeos: casos así “contradicen abiertamente” los principios de tolerancia cero proclamados.
Pero su análisis va más al fondo: el problema no fue solo la gestión de casos individuales, sino el modelo legislativo adoptado.
“Se percibió un cambio de paradigma: de una codificación orgánica y clara, a un modelo fragmentado, provisional y técnicamente imperfecto.”
La profesora identifica un fenómeno descrito por muchos canonistas como “hipertrofia legislativa”: demasiadas normas, demasiadas excepciones, demasiados documentos parciales. Y todo ello producido por grupos pequeños, designados intuitu personae (en consideración excepcional de la persona específica), sin consulta amplia, sin transparencia en el proceso y sin el rigor técnico que exige una legislación universal.
Peor aún: mientras se predicaba sinodalidad, las reformas mayores -como la del proceso matrimonial o la del Libro VI- se aprobaron sin consultar a las conferencias episcopales.
¿El resultado según la experta?: un derecho menos estable, menos respetado, y por tanto menos capaz de garantizar justicia.
El regreso a la lógica de la ley
Es en este contexto donde el gesto de León XIV adquiere su verdadero significado. No es solo un cambio puntual. Es una corrección de rumbo.
Donde Francisco dejaba normas a medio rematar, León las termina.
Donde había contradicciones entre ley y práctica, las armoniza.
Donde la legislación se volvió atomizada y técnicamente débil, él la recompone.
Donde la cultura jurídica se erosionó, él la restituye.
Gas-Aixendri, que escribió su ensayo antes de la elección del Papa León XIV, advertía que si la Iglesia abandona la función garantista del derecho:
“la reforma puede reducirse a decisiones políticas, por muy bien intencionadas que sean”.
León XIV parece haber tomado nota.
Por eso, este Motu Proprio y las normas publicadas el lunes 24 de noviembre no son asunto menor. Es una declaración de estilo y de visión. León XIV está diciendo, con actos más que con palabras, que la era de la improvisación normativa ha terminado. Por meritoria lealtad a su predecesor, jamás lo dirá así… pero eso es lo que está sucediendo en la práctica
La Iglesia necesita -y el Papa parece decidido a recuperar- una cultura jurídica seria, transparente, homogénea y al servicio de la justicia. No como formalismo, sino como garantía de comunión y de credibilidad.
Si el nuevo Papa mantiene este rumbo, el legado de sus primeros años podría ser uno de los más importantes de cualquier pontificado moderno: reconstruir la arquitectura jurídica que sostiene la misión de la Iglesia.
Y todo ha comenzado -como suelen comenzar las cosas importantes en Roma- con un ajuste aparentemente trivial en un artículo perdido de una ley poco conocida. Pero esos pequeños cambios, cuando están bien hechos, revelan hacia dónde se dirige la verdadera reforma.



